Aplicaciones de delivery: un canal utilizado por las tabacaleras para atraer consumidores de tabaco a través de publicidad, combos y promociones

Publicado el jueves 25 de marzo de 2021

Así lo demuestra un estudio realizado sobre cuatro aplicaciones de delivery en siete ciudades del país. En el 93% de los casos se identificó exhibición de productos de tabaco y diversas violaciones a las normativas de control de tabaco vigentes tanto a nivel nacional como subnacional, como por ejemplo la venta y entrega de cigarrillos a menores de edad.

(Buenos Aires, 25 de marzo) Las aplicaciones de delivery son un canal utilizado por la industria tabacalera para atraer nuevos consumidores, especialmente a niños, niñas y adolescentes. A través de las plataformas tienen un amplio acceso y exposición a productos de tabaco y al marketing que los promociona.

Así lo demostró un estudio descriptivo elaborado por FIC Argentina en noviembre de 2020 para conocer el proceso de promoción, compra y entrega de productos de tabaco a través de aplicaciones móviles. Se monitorearon cuatro plataformas (Pedidos Ya, Rappi, Uber Eats y Wabi) en siete ciudades del país: Salta, Rosario, Córdoba, Mendoza, Neuquén, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y La Plata. Los resultados principales del estudio fueron:

  • En el 100% de los casos no se verificó o constató la edad de la persona que recepcionó el pedido ni se exigió el ingreso de un documento que acredite la mayoría de edad para efectuar una compra a través de las plataformas. Se trata de una violación tanto a la Ley Nacional de Control de Tabaco como a las leyes provinciales que prohíben la venta de productos de tabaco a menores de edad.
  • En el 93% se identificó la exhibición de productos de tabaco. Incluso en Córdoba, donde rige la ley provincial que incluye la prohibición de exhibición, se detectó esta estrategia de marketing en todas las plataformas.
  • En un 73% de las apps exploradas se mostraron combos de golosinas y promociones. Esta modalidad de marketing está prohibida en todo el país según la Ley Nacional de Control de Tabaco. Así lo reafirmó la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2015, cuando consideró a la Ley Nacional como un estándar mínimo para garantizar la protección de la salud que debe ser cumplido de manera independiente de la legislación local. En ese sentido, en Córdoba, Mendoza, Santa Fe, CABA y La Plata, se detectó la violación a la normativa.

Estos resultados reflejan que la industria tabacalera continúa diversificando los canales de venta de sus productos y, en simultáneo, utiliza estas plataformas como un espacio más para publicitar sus productos, poniendo el foco especialmente en niños, niñas y adolescentes.

“La regulación de control de tabaco vigente, tanto a nivel nacional como subnacional no es suficiente para proteger el derecho a la salud de toda la población, especialmente de niñas, niños y adolescentes”, declaró Marita Pizarro, codirectora de FIC Argentina. Y agregó: “Es necesario avanzar en prohibiciones de todas las formas de exhibición, publicidad, promoción y patrocinio en todas las jurisdicciones. Además, se necesitan mecanismos de monitoreo eficaces para que ninguna aplicación pueda ofrecer, promocionar, publicitar, vender y/o entregar productos de tabaco a menores de edad ni comercializar productos de tabaco con descuentos promocionales y/o combos”.

En Argentina, la edad de inicio de consumo de tabaco ronda entre los 12 y los 15 años y el país sostiene una de las tasas de prevalencia de consumo de tabaco más altas de la región con un 22% de población adulta consumidora.